Calendario laboral para 2018

Este pasado 10 de octubre se ha publicado en el BOE el calendario de festivos para el proximo año 2018.

  1. Condiciones generales para tus contratos
  2. Calendario laboral para 2018
  3. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
  4. La nueva Ley de Protección de Datos.
  5. Abierta convocatoria ayudas EXPORTA DIGITAL 2021
  6. Ayudas Coworking
  7. Calendario Laboral del 2022 en Vigo
  8. Aprende a atraer turistas a tus redes y aumentar tus ventas.
  9. Nuevo reforma laboral: Los cuatro tipos de contrato que entran en vigor desde el 30 de marzo de 2022.
  10. 350 millones de euros para la formación de ocupados

Calendario laboral 2018

Este año 2018 , habrá un total de 12 días festivos nacionales, de los cuales 9 seran "no sustituibles" por las comunidades autónomas:

 

1 de enero (que cae en lunes) 

30 de marzo ( Viernes Santo)

1 de mayo (Fiesta del Trabajo)

15 de agosto (Virgen de Agosto)

12 de octubre (Fiesta Nacional)

1 de noviembre (Todos los Santos)

6 de diciembre (Día de la Constitución)

8 de diciembre (Inmaculada Concepción)

25 de diciembre (Navidad). 

El 6 de enero (día de Reyes) es festivo en todas la comunidades ya que no ha sido sustituida en ninguna

 

Además de estos 10 festivos, hay otros dias festivos que las comunidades autónomas han sustituido. 

El 19 de marzo (San José) será festivo en Comunidad Valenciana y Murcia. 

 

El Jueves Santo (29 de marzo) será festivo en todas las comunidades menos en Cantabria y Cataluña. 

 

Por su parte, el Lunes de Pascua (2 de abril)  será festivo en Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra, País Vasco. 

 

El Día de Santiago Apóstol (25 de julio) solo será festivo en Galicia.

 

Os dejamos el link del BOE en el que se ha publicado.

Calendario laboral para 2018

Condiciones generales para tus contratos

Avanza a tu ritmo ...

Nuevo reforma laboral: Los cuatro tipos de contrato que entran en vigor desde el 30 de marzo de 2022.

01/04/2022

La nueva reforma labora, convalidada el pasado mes de febrero, entró en vigor este pasado jueves 30 de marzo después de publicarse a finales de 2021 en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Empresas y autónomos han tenido 3 meses para adecuar las relaciones de sus trabajadores a la nueva normativa, que contemplará a partir de ahora únicamente cuatro tipos de contrato laborales:

 

  • Contrato indefinido.

  • Contrato formativo.

  • Contrato de duración determinada.

  • Contrato fijo discontinuo.

 

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